Colaboraciones - Artículos
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Conceptos y retos en la atención de incidentes de seguridad y la evidencia digital |
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Abril |
Los
continuos reportes de seguridad anunciando vulnerabilidades y nuevas
formas de tener acceso a recursos privilegiados de nuestras máquinas, nos
advierten la necesidad de prepararnos para enfrentar un posible ataque a
nuestras infraestructuras de computación y comunicaciones. Estudios
recientes [INFORMATION SECURITY MAGAZINE 2001, KPMG 2001] muestran que si
bien las organizaciones han destinado recursos para modificar sus
estructuras computacionales para mejorar sus condiciones de seguridad, no
se han concientizado sobre la necesidad de estar preparados para enfrentar
un incidente de seguridad y en menor proporción considerar procesos para
recolectar evidencia de dicho incidente. En
este sentido, si bien prácticas como la administración de parches,
pruebas de penetración, y evaluaciones de seguridad, entre otras, son
elementos fundamentales en la valoración de la arquitectura de seguridad
y su exposición a vulnerabilidades, la atención de incidentes debe
ocupar un lugar privilegiado en estas prácticas, como proceso
complementario y diligente de la organización para atender posibles
fallas. Un
incidente de seguridad, según se define en el Internet Security Glossarry,
RFC#
2828, es un evento de seguridad relevante para un sistema en el cual las
políticas de seguridad han sido desatendidas o traspasadas. En este
sentido, los incidentes generan un ambiente de desconcierto y confusión
en las organizaciones, durante el cual, si no se encuentran preparadas
para atender dicha manifestación de violaciones a las políticas de
seguridad, múltiples desaciertos se pueden cometer y comprometer la
seguridad de la organización. Por
tanto, las organizaciones que procuran mantener altos niveles de
seguridad, requieren establecer, junto con las buenas prácticas de
seguridad, equipos de atención de incidentes,
estrategias para la identificación y recolección de la evidencia
del incidente, así como personal permanentemente entrenado en seguridad
informática y una cultura de la seguridad informática arraigada en cada
uno de los procesos de la organización. En
razón a lo anterior y dado el constante crecimiento de los incidentes de
seguridad y la falta de estrategias para enfrentarlos, en este artículo
analizaremos tres perspectivas de la problemática de la atención de
incidentes revisando lo sugerido por el RFC 2350, relacionado con la
conformación de equipos de atención de incidentes y sus procedimientos,
el RFC 3227 en lo relativo a la recolección y archivo de evidencia
digital y las implicaciones de la Convención sobre Cibercrimen
recientemente firmada por el Consejo de Europa, como iniciativa
multinacional para enfrentar el incremento de conductas delictivas a través
de medios electrónicos. RFC
2350
De
acuerdo con el RFC 2350, un equipo de atención de incidentes es aquel que
coordina y soporta la respuesta a un incidente de seguridad que involucra
y actúa en las áreas formalmente constituidas por la organización. Esto
es, el grupo de usuarios, sitios, redes u organizaciones a las cuales
sirve el equipo. De
manera similar, este documento, establece algunas directrices sobre
lo que podría catalogarse como incidente: [BROWNLEE, N. y GUTTMAN, E.
1998, pág.17] -
Pérdida de confidencialidad de la información -
Compromiso de la integridad de la información -
Negación del servicio -
Indebida utilización de servicios, sistemas o información -
Daño a los sistemas Así
mismo, este documento detalla algunos de los servicios que debe proveer
este equipo. En particular comenta que existen dos tipos de servicios, los
directamente relacionados con la tarea de responder al incidente y los
relativos a las actividades proactivas de diagnóstico y soporte de la
respuesta al incidente. En
la respuesta al incidente, se establecen actividades como el reporte de
valoración del incidente y verificación del mismo; de otra parte las
acciones relacionados con coordinación de áreas y personal, y de manera
complementaria aquellas que están relacionadas con asistencia técnica y
eliminación de la vulnerabilidad, asistida con la recuperación de la
información y servicios involucrados en el incidente. En
las actividades proactivas y de soporte de la respuesta al incidente, el
equipo debe proveer información acerca de los posibles parches u
problemas similares registrados en el pasado, establecer y sugerir
herramientas que permitan una valoración más cercana del sistema o
arquitectura computacional y sus vulnerabilidades. Finalmente, el equipo
en este tipo de actividades proactivas debe promover y desarrollar
entrenamiento y educación a los usuarios o grupos de su competencia para
lograr mayor coordinación y colaboración en el desarrollo de su gestión
ante un incidente. De
igual forma, en el soporte a la respuesta del incidente el equipo debe
contar con formas de reporte claras y completas, con el fin de mantener
una bitácora de los eventos y los procedimientos seguidos en cada uno de
ellos. Dependiendo de los objetivos y servicios que ofrezca el equipo de
atención de incidentes es posible utilizar múltiples formatos, unos para
registrar nuevas vulnerabilidades y otros para registrar los incidentes en
sí mismos. La
descripción anterior nos sugiere importantes características para
considerar en la generación de un grupo de atención de incidentes, sin
embargo, los procesos relativos a la recolección de evidencia no son
mencionados. Esta posible ausencia, puede ser debida a que el tema de la
evidencia digital no es un tópico que las organizaciones reconozcan como
crítico en la atención y seguimiento de un incidente. RFC
3227 Sin
embargo, como respuesta a esta creciente necesidad de contar con evidencia
digital y adelantar procesos judiciales, se presenta el RFC 3227, que
ofrece guías para la recolección y manejo de este tipo de evidencia. De
acuerdo con este documento, la idea es ofrecer a los administradores de
sistemas guías para adelantar la recolección y manejo de evidencia
digital relevante a un incidente de seguridad. Tal recolección representa
un esfuerzo considerable de parte de los administradores, dada la carga de
las labores que desarrollan y los esfuerzos de afinamiento constante de
los servicios y aplicaciones de las cuales son responsables. Si
la evidencia es recogida de una manera adecuada, habrá mayores
posibilidades de establecer una ruta hacia los atacantes y contar con
mayores elementos probatorios en el evento de una persecución y
juzgamiento del intruso. Dentro
de las principales directrices sugeridas en la guía están: [BREZINSKI,
D. y KILLALEA, T. 2002, págs 2, 3 y 4] -
Mantenga adherencia estricta a su política de seguridad
organizacional y su relación formal con el equipo de atención de
incidentes y las personas responsables del campo jurídico. -
Capture la escena del incidente lo más preciso posible. -
Mantenga notas detalladas. Estas deben incluir fechas y horas. Si
es posible generar un reporte automático, es decir contar con un script,
que pueda ser usado para generar un archivo como parte de la evidencia. -
Establezca las diferencias entre el reloj del sistema y la hora de
referencia internacional, GMT. -
Esté preparado para testificar (posiblemente años después)
detallando las acciones adelantadas y en qué momento. Sus notas
detalladas son vitales. -
Minimice los cambios en los datos que ha recolectado. Debe evitar
la actualización de horas o fechas en archivos y directorios. -
Remueva posibles formas externas de modificación de la información -
Primero recolecte la información y luego analice sus hallazgos. -
Aunque usted necesita indicar que sus procedimientos de atención
de incidentes son realizables, debe asegurar su viabilidad y
funcionamiento en una crisis. -
En la revisión de cada dispositivo o mecanismo presente en el
incidente, se debe seguir un acercamiento metódico para la recolección
de evidencia. La rapidez y claridad es crítica para una adecuada y
oportuna recolección de evidencia. Es importante efectuar este
procedimiento gradualmente. -
Proceda recolectar la evidencia desde la volátil a la menos volátil: -
Registros, caché -
Tablas de enrutamiento, cache de arp, tabla de procesos, estadísticas
del kernel, memoria -
Sistema de archivos temporales -
Diskettes -
Registro remoto y datos de monitoreo relevante al sistema en
estudio -
Configuración física, Topología de la red -
Medios de almacenamiento -
Si usted va adelantar un análisis forense debe hacer una o varias
copias bit a bit del medio de almacenamiento, con el fin de utilizar una
de las copias para efectuar sus análisis, preservando el medio original. De
igual forma la guía establece algunas acciones que deben ser evitadas en
el proceso de recolección de la evidencia como son: [BREZINSKI, D. y
KILLALEA, T. 2002, págs 3 y 4] -
No apague el sistema hasta que la recolección de la evidencia se
halla completado. Mucha evidencia se puede perder y el atacante puede
haber alterado el proceso de inicio/apagado y las rutinas de inicio de los
servicios para destruir la evidencia. -
No confíe en los programas del sistema. Ejecute programas de
recolección de evidencia apropiados, que protejan adecuadamente los
medios originales. -
No ejecute programas que modifiquen las fechas de acceso a todos
los archivos del sistema. -
Cuando remueva dispositivos de acceso externo, note que una simple
desconexión o filtro de la red puede disparar la alarma de “switches caídos”
que una vez detectados pueden eliminar evidencia en la red. Como se puede observar el RFC 3227 ofrece una guía genérica que puede ser utilizada como marco conceptual básico para incorporar en las organizaciones al crear grupos de atención de incidentes. Si bien, los documentos anteriores ofrecen un camino para enfrentar los posibles incidentes de seguridad en las organizaciones con relación a la tecnología, en el mundo legal, la problemática continúa. Particularmente, la falta de una adecuada formación en tecnología de los jueces y fiscales, y escasa legislación sobre la materia, hace que los posibles incidentes de seguridad que conlleven a daños en las propiedades de las personas jurídicas y naturales, puedan quedar en la impunidad. Por tanto, se hace necesario que el aparato judicial desarrolle una estrategia de formación y entrenamiento para comprender la delincuencia en medios tecnológicos, con el fin de conocer las maneras de vulnerar los bienes jurídicamente tutelados y adelantar esfuerzos en la formulación de un discurso probatorio en informática, que permita a los fiscales conceptuar sin ambigüedad sobre la pertinencia y veracidad de la información en medios tecnológicos. Convención
sobre Cybercrimen Sobre
este particular la Comunidad Europea, a nivel internacional preocupada por
el incremento de los ataques de seguridad y el delito informático,
promovió una iniciativa que se materializó a través de la Convención
sobre Cybercrimen. [COUNCIL
OF EUROPE 2001] Dicha convención agrupó a mas de 20 países de Europa y
otros países como Canadá, Japón, Sur África y Estados Unidos de
Norteamérica. Esta
convención cree firmemente que una lucha efectiva contra el delito informático
requiere una coordinación de esfuerzos internacionales en materia
criminal que permita a las diferentes naciones interactuar sin
restricciones y bajo directrices claras. Así mismo, esta iniciativa
internacional considera que todas acciones contra la confidencialidad,
integridad y disponibilidad de sistemas de computación, así como la
inadecuada utilización de redes y datos son conductas que deben ser
penalizadas. Por tanto, establecer un escenario para la detección,
investigación y persecución de tales personas tanto a nivel interno, en
cada nación, como internacional, es una necesidad para el buen empleo de
la informática y las comunicaciones en el mundo. La
convención está compuesta por cuatro capítulos: I) Uso de términos;
(II) Medidas a ser tomadas a nivel interno – Ley sustantiva y
procedimientos de ley; (III) Cooperación Internacional y (IV) Cláusulas
finales. En
el contexto de este artículo, revisaremos algunos de los alcances de esta
iniciativa en su capítulo II, en lo referente a los procedimientos de ley
asociados con el cybercrimen. En lo referente a los procedimientos de ley
la convención cubre: Preservación de los datos almacenados; preservación
y revelación parcial del tráfico de datos; producción,;búsqueda y análisis
de datos; recolección de evidencia en tiempo real e intercepción de
contenido de datos y comentarios sobre la jurisdicción internacional. La
convención adopta medidas procesales tradicionales, tales como la búsqueda
y análisis de evidencia, en el nuevo ambiente tecnológico.
Adicionalmente, las nuevas medidas que han sido creadas, se desarrollaron
con el fin de asegurar que los procesos tradicionales de recolección de
datos, mantengan su efectividad en un ambiente con evidencia tecnológica
volátil. Esto requiere una reconceptualización de la evidencia física,
una evidencia que es construida y analizada a través de medios electrónicos. A
continuación algunos apartes y comentarios sobresalientes del capítulo
II: Article
16 – Expedited preservation of stored computer data (…) 3.
Each Party shall adopt such legislative or other measures as may be
necessary to oblige the custodian or other person who is to preserve the
computer data to keep confidential the undertaking of such procedures for
the period of time provided for by its domestic law. (…) Es
parte fundamental de proceso de almacenamiento de evidencia mantener la
cadena de custodia siguiendo los lineamientos establecidos por la ley
sobre los períodos de almacenamiento y registro de la misma. Este aparte
nos recuerda que la evidencia debe ser protegida y manejada con altos
niveles de aseguramiento y con procesos claramente definidos para evitar
alteraciones o modificaciones que comprometan la misma. Article
19 – Search and seizure of stored computer data (…) 3.
Each Party shall adopt such legislative and other measures as may be
necessary to empower its competent authorities to seize or similarly
secure computer data accessed according to paragraphs 1 or 2. These
measures shall include the power to : a.
seize or similarly secure a computer system or part of it or a computer-data
storage medium; b.
make and retain a copy of those computer data; c.
maintain the integrity of the relevant stored computer data; and d.
render inaccessible or remove those computer data in the accessed computer
system. (…) En este aparte se comenta la necesidad de la existencia de una entidad competente para adelantar las labores de identificación, análisis y registro de evidencia digital, que asegure adecuados procedimientos para mantener la integridad de los datos y sus características originales. Es clave desarrollar y contar con experiencia y entrenamiento en labores forenses en informática [CANO 2001] que permitan mayor confianza en los procesos mencionados. Article
20 – Real-time collection of traffic data 1.
Each Party shall adopt such legislative and other measures as may be
necessary to empower its competent authorities to: a.
collect or record through application of technical means on the territory
of that Party, and b.
compel a service provider, within its existing technical capability, to: i.
collect or record through application of technical means on the territory
of that Party, or ii.
co-operate and assist the competent authorities in the collection or
recording of, traffic
data, in real-time, associated with specified communications in its
territory transmitted by means of a computer system. (…) De
igual forma que en el segmento anterior, esta fase nos presenta la
posibilidad de obtener evidencia en tiempo real, para lo cual se
involucran a los proveedores de acceso internet y sus contactos
internacionales. Es importante notar en este aparte, la clara disposición
orientada a un seguimiento internacional y la cooperación y asistencia de
las partes involucradas para coordinar esfuerzos en la lucha contra el
delito informático. Article
21 – Interception of content data 1.
Each Party shall adopt such legislative and other measures as may be
necessary, in relation to a range of serious offences to be determined by
domestic law, to empower its competent authorities to: a.
collect or record through application of technical means on the territory
of that Party, and b.
compel a service provider, within its existing technical capability, to: i.
collect or record through application of technical means on the territory
of that Party, or ii.
co-operate and assist the competent authorities in the collection or
recording of, content
data, in real-time, of specified communications in its territory
transmitted by means of a computer system. Finalmente,
este aparte hace énfasis en la intercepción de información que puede
ayudar a determinar serias ofensas contra una de las partes involucrada,
proceso soportado en la colaboración y coordinación de esfuerzos a través
de los proveedores de servicios de internet. Conclusiones A
lo largo de este breve documento hemos revisado la problemática existente
al presentarse un incidente de seguridad informática en las
organizaciones, así como algunas guías para enfrentarse al reto de la
evidencia digital y el manejo del incidente mismo. De igual manera hemos
revisado algunos aparte de la iniciativa internacional sobre cybercrimen
que de forma complementaria, nos confronta con la realidad de nuestro
sistema legislativo y judicial para procesar este tipo de incidentes. Si
bien los incidentes de seguridad proponen un reto a las organizaciones en
la recuperación y ajuste de sus arquitecturas de seguridad, también lo
hace evidente en la definición de estrategias de recolección de
evidencia. Luego, si las organizaciones no se encuentran preparadas para
enfrentar estas situaciones de crisis adecuadamente, muchas fallas y
desaciertos se harán evidentes comprometiendo su seguridad y de igual
forma, las entidades judiciales no tendrán mayor oportunidad para
establecer y procesar evidencia relevante para adelantar un proceso, ni
tendrán elementos de juicio para verificar y validar dicha evidencia. En
este sentido, se requiere un trabajo conjunto tanto, en las organizaciones
como en el sistema judicial, que promueva por un lado la conformación
adecuada de equipos de atención de incidentes, debidamente entrenados,
con funciones y sistema de notificación bien definidos para contar una
mayor capacidad de reacción y control de las situaciones críticas,
conscientes de que la evidencia digital es parte fundamental de su labor.
Así mismo, promover iniciativas gubernamentales que sensibilicen al
aparato judicial y legislativo de la nación para desarrollar estrategias,
estándares y legislaciones que promuevan el estudio y difusión del
conocimiento de los delitos informáticos, para forjar un nuevo perfil de
fiscales que se integren al reto de una sociedad digital. Luego,
es necesario que, además de las iniciativas anteriormente mencionadas, la
academia promueva investigación y formación coherente con estas
necesidades, buscando la armonización e integración de las visiones técnicas
y legales que permitan el inicio de una nueva manera de avanzar en el
descubrimiento de nuevas posibilidades y negocios con tecnología informática
en un mundo globalizado. Finalmente
podemos concluir y sugerir que es necesario:
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Second Edition. O’Really & Associates. #
RFC – Request For Comments. Otros
artículos en VIRUSPROT.COM aconsejados del autor:
El Doctor Cano es profesor de la Universidad de los Andes en la Facultad de Derecho y el Departamento de Sistemas y Computación, donde imparte cátedras relacionadas con delitos informáticos y computación forense. Es miembro investigador de la Red Iberoamericana de Criptología y Seguridad de la Información - CRIPTORED (http://www.criptored.upm.es) de la Universidad Politécnica de Madrid, moderador de la lista de seguridad informática de la ACIS - Asociación Colombiana de Ingenieros de Sistemas (http://www.acis.org.co) y conferencista nacional e internacional en temas relacionados con seguridad informática, delitos informáticos y computación forense. |
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