03/03/03

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La Unión Europa endurece las penas contra la ciberdelincuencia


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Los Ministros de Justicia de los Quince alcanzan un acuerdo por el que los autores de los delitos informáticos sufrirán penas de entre uno y tres años de prisión

La actuación de ciberdelincuentes en Europa se castigará duramente en los estados miembros con penas de entre uno y tres años de prisión tras el acuerdo alcanzado por los Ministros de Justicia de los Quince.

Según informa la agencia EFE en Bruselas, este consenso pretende mejorar la cooperación judicial de los Quince con las autoridades competentes en la lucha contra los ataques informáticos. Al final, ha sido el único acuerdo alcanzado por el Consejo de Ministros de la UE en la reunión del pasado viernes.

En síntesis, los estados miembros distinguen tres tipos de ataques cibernéticos: el acceso ilegal a sistemas informáticos, la ocupación de sistemas a través de ejemplos como el envío de mensajes que ocupan un espacio considerable, y la difusión de virus informáticos.

Esta decisión obliga a los Estados miembros a tipificar en sus legislaciones internas los distintos delitos que se derivan del acceso ilegal a los sistemas de información y aporta penas "efectivas, proporcionales y disuasivas", entre ellas condenas de prisión para los casos más graves.

En concreto, los Quince estipulan que un ataque a la integridad de un sistemas de información o a bases de datos se produce cuando se provoca "intencionadamente una perturbación grave o una interrupción" del mismo al "introducir, transmitir, dañar, borrar, deteriorar, modificar, suprimir o dejar sin acceso" algunos de ellos.

La decisión del Consejo ha sido calificada de favorable por Víctor Domingo, presidente de la Asociación de Internautas española, quien en declaraciones a Europa Press elogió la medida al considerar que establecerá los mecanismos para que se "castiguen" las infracciones telemáticas que toman un carácter de "delito" por la "gravedad" del hecho en sí y el perjuicio que ocasionan. Asimismo añadió que las medidas adoptadas por la Unión Europea deberían tener un desarrollo reglamentario en la recién adoptada en España Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI).


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