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Pero
ya sólo falta la aprobación del Congreso al proyecto de ley
sobre Delitos informáticos para que exista la legislación
correspondiente.
El
proyecto de ley es una norma que se incluirá una vez aprobada
en el Código Penal bajo la figura de delitos informáticos.
Contemplará entre otras las siguientes penas:
En
cuanto a “accesos ilegítimos informáticos” multas de hasta
30.000 pesos. Si ésta información se llegase a difundir o a
comercializar podrán tener penas que iran de un mes a dos años
de prisión. Sin embargo, si el delito se dirigiera a seguridad
o defensa nacional, salud pública y/o prestación de servicios
públicos la pena se podría ver incrementada al intervalo de
seis meses a seis años.
En
daños informáticos (incluyendo los virus informáticos) las
penas oscilarían de un mes a tres años salvo que, como en el
caso anterior, atentaran contra la seguridad o defensa nacional,
salud pública y/o prestación de servicios públicos que sería
entre dos y ocho años de prisión.
De
un mes a seis años de prisión quedaría tipificada la pena
para fraudes informáticos de todo tipo, con agravante de dos a
ocho años si el perjuicio recayese en alguna administración pública
o entidad financiera.
Con
este proyecto de ley, aún por discutir y aprobar Argentina pretende dar un paso adelante y sancionar las estafas a través
de los medios eléctronicos, el espionaje informático, los
accesos no autorizados a sistemas informáticos, la difusión de
virus. Y, como no, el robo de información.
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